El crimen que estremeció Río Gallegos: ¿qué encontraron en la mochila del militar?

Un cabo del Ejército abordó la camioneta de un empresario en Río Gallegos. Horas después, la DDI encontró algo en su mochila militar que lo cambió todo. La Cámara ya lo condenó a perpetua, pero los fundamentos revelan un detalle que nadie esperaba.

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El crimen que estremeció Río Gallegos: ¿qué encontraron en la mochila del militar?
El crimen que estremeció Río Gallegos: ¿qué encontraron en la mochila del militar?

La Cámara en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial de Santa Cruz condenó a prisión perpetua a José Daniel Cabrera Gallardo, cabo primero del Ejército Argentino de 27 años, por el homicidio de Nelson Ariel Romero. El tribunal, presidido por la Dra. María Alejandra Vila junto a los vocales Jorge Daniel Yance y Carlos Enrique Arenillas, consideró el hecho como homicidio agravado criminis causae y por el uso de arma de fuego.

La reconstrucción judicial determinó que el 19 de agosto de 2024, en horas de la tarde, Cabrera abordó como acompañante la camioneta Ford Ranger de la víctima. Minutos después, mientras el vehículo permanecía estacionado en la colectora de la Autovía 17 de Octubre, a metros de la vivienda del empresario, el militar disparó contra Romero en la cabeza con su pistola reglamentaria Bersa 9 milímetros. El móvil, según el Tribunal, fue estrictamente lucrativo: esa misma noche, Cabrera usó la cuenta de Mercado Pago del fallecido para hacer cuatro transferencias bancarias y al día siguiente pagó más de un millón de pesos con la tarjeta Mastercard de la víctima para comprar un iPhone 15 Pro que ya había negociado bajo un seudónimo falso.

Tras matar al comerciante, Cabrera tomó el control de la camioneta, desplazó el cadáver hacia el sector trasero, cubrió los cristales destruidos con bolsas de nylon y cinta gris, y emprendió un recorrido itinerante por la periferia de Río Gallegos. En el trayecto abandonó a la mascota de la víctima —un bulldog francés— y trasladó el cuerpo hacia los descampados del Barrio Ayres Argentinos, donde lo semienterró con una pala plegable de mano. Luego guardó el arma homicida y el teléfono del occiso dentro de su mochila militar en el Regimiento N° 24, e intentó vender las joyas de oro despojadas a la víctima entre sus propios compañeros de guardia.

El rastreo tecnológico que desarmó la coartada

La columna vertebral del fallo fue el trabajo coordinado por la División de Investigaciones (DDI) de la Policía de Santa Cruz, que resultó clave para desmantelar la trama criminal mientras la víctima aún era buscada como persona desaparecida.

Durante la tarde del 20 de agosto, efectivos de la DDI inspeccionaron la computadora de Romero en la empresa "Romero Sistemas" y detectaron movimientos bancarios sospechosos hacia la cuenta de Nicolás Fillastre. Al tomarle declaración a las 19:10, el comerciante reveló que un usuario bajo el seudónimo "Ariel Martel" le había comprado un iPhone 15 Pro y que un intermediario, Darío Coliguante, retiró el equipo para entregárselo a un militar de apellido Cabrera en el Regimiento N° 24. Así lograron individualizar al sospechoso en tiempo récord.

Tras el hallazgo de la Ford Ranger a las 21:00 con las ventanillas tapadas con nylon y cinta gris, la DDI relevó las cámaras públicas y privadas de la zona. El análisis fílmico permitió trazar la ruta nocturna del rodado y registrar el momento en que, a las 06:09 del día siguiente, un sujeto uniformado del Ejército con mochila al hombro se aproximó a la camioneta estacionada a metros de la vivienda del imputado.

Luego de aprehender a Cabrera en el Regimiento N° 24 con el iPhone 15 Pro y las llaves de la camioneta en su poder, la DDI gestionó ante las autoridades militares la entrega formal de su mochila reglamentaria. Bajo estricto resguardo de la cadena de custodia con precintos de seguridad, el registro permitió incautar el teléfono Samsung de la víctima y la pistola Bersa 9 mm con rastros de sangre que la pericia genética atribuyó a Nelson Romero.

El área técnica de la DDI elaboró además un informe de sectorización de celdas que probó que los celulares de Cabrera y Romero impactaron de forma simultánea en las mismas antenas —paneles Alfa, Beta y Gama— durante todo el recorrido nocturno por la periferia y los sectores donde fueron hallados el cadáver y la mascota.

Los planteos de nulidad que la Cámara rechazó

La contundencia de la condena radicó en la capacidad del Tribunal para derribar los tres planteos de nulidad absoluta deducidos por la defensa.

Sobre la manifestación en sede policial ("busquen detrás del Ayres Argentinos"), la Cámara determinó que no existió interrogatorio informal ni coerción estatal, sino una expresión espontánea formulada por el detenido tras hablar por teléfono con su madre. La sentencia dejó sentado que esa frase no se valoró como confesión ni prueba de autoría, sino como el mero dato operativo que reorientó el rastrillaje, manteniendo la validez de los hallazgos posteriores.

Respecto del apartamiento del abogado particular, Dr. Trevotich, los magistrados sostuvieron que la remoción fue legítima y preventiva, ya que el letrado atribuyó públicamente ante medios periodísticos la autoría del hecho a su asistido sin autorización clara, configurando un conflicto objetivo de intereses que vulneraba la lealtad defensiva. La inmediata intervención de la Defensa Pública garantizó una asistencia técnica eficaz e ininterrumpida.

En cuanto a los testimonios policiales, se descartó que los funcionarios hubieran introducido subrepticiamente una declaración prohibida, ratificando que declararon como testigos de actuación sobre los hechos que percibieron directamente en el operativo.

Las cinco pruebas que sellaron la perpetua

Para fundar la certeza de la condena, los jueces estructuraron un edificio probatorio apoyado en cinco líneas independientes que convergieron de forma unívoca sobre Cabrera: la reconstrucción de cámaras que captó el cambio de asiento del acompañante al del conductor tras el disparo; el rastreo digital que acreditó la compra del iPhone a nombre del imputado con los fondos de Romero; la geolocalización de antenas que ubicó a ambos celulares desplazándose en la misma celda de cobertura; el secuestro de la billetera, llaves y la pala con barro en la vivienda del acusado; y la prueba biológica del Laboratorio Regional Forense, que identificó el perfil genético (ADN) y sangre de la víctima en el guardamonte de la pistola Bersa de Cabrera, sus prendas, su calzado y las cintas del vehículo.

El fallo desestimó categóricamente la coartada de Cabrera —quien alegó haber hallado la camioneta abandonada a las diez de la noche para solo hurtar su interior— al calificarla de insostenible frente al recorrido previo registrado por los domos de seguridad. Asimismo, rechazó la pretensión de calificar la causa como un robo seguido de muerte (artículo 165 del Código Penal), concluyendo que el homicidio no fue una contingencia fortuita, sino una acción deliberada e instrumentalizada (ultraintención) para neutralizar a la víctima, apoderarse de su patrimonio y procurar la impunidad.

Sostenido en los peritajes psicológicos y psiquiátricos que confirmaron que el imputado actuó en pleno uso de sus facultades mentales y bajo una conciencia vigil, el Tribunal le aplicó la pena de prisión perpetua con costas, ordenando que permanezca privado de su libertad en sede penitenciaria para el cumplimiento de la condena.

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