El cambio en la Justicia laboral entrerriana que los abogados no ven venir
¿Qué pasará con los juicios laborales en Entre Ríos si avanza la reforma que envió Frigerio? El proyecto toca el bolsillo de peritos y cambia las reglas para apelar. Los detalles que nadie te contó.
El Poder Ejecutivo de Entre Ríos envió a la Cámara de Diputados un proyecto para modificar el Código Procesal Laboral, con la intención declarada de "buscar un mayor equilibrio y objetividad en la justicia". La iniciativa, que reforma la Ley 5.315, fue anticipada por el gobernador Rogelio Frigerio durante la 22° Jornada de la Industria organizada por la Unión Industrial de Entre Ríos (UIER).
"En los próximos días vamos a enviar el proyecto de reforma del Código Procesal Laboral, que crea el cuerpo de peritos laborales dentro de la órbita del Superior Tribunal de Justicia especializados en riesgos del trabajo y accidentes", había adelantado el mandatario provincial.
Qué cambia para los empleadores
Uno de los puntos más sensibles es la eliminación del requisito patrimonial que obligaba a los empleadores condenados a depositar el monto total de la condena, los intereses y las costas para poder apelar. La reforma deroga el artículo 125, inciso a, y argumenta que así se "facilita el derecho a la defensa". El cumplimiento de la sentencia quedará resguardado por las medidas cautelares ordinarias del proceso.
En paralelo, se modifica el cálculo de honorarios de peritos y auxiliares judiciales: ya no estarán atados al monto del juicio ni al porcentaje de incapacidad fijado. El juez regulará la retribución según la naturaleza, complejidad, extensión, celeridad y utilidad técnica del trabajo, con un tope máximo equivalente a ocho juristas. Los gastos los pagará exclusivamente la parte condenada en costas.
Un cuerpo médico oficial y el baremo obligatorio
La iniciativa crea un Cuerpo Especializado de Profesionales Médicos dentro del Poder Judicial, con sede en Paraná y competencia en toda la provincia. Serán tres cargos de perito médico (categoría Oficial Superior de Primera) que intervendrán de forma exclusiva en juicios por riesgos del trabajo (Leyes 24.557, 26.773 y 27.348).
Estos peritos percibirán únicamente su sueldo estatal y no cobrarán honorarios adicionales por dictamen, lo que según el proyecto elimina cualquier interés económico en las conclusiones. Serán seleccionados por concurso público de oposición (hasta 70 puntos) y antecedentes (hasta 30 puntos) organizado por el Superior Tribunal de Justicia. Se exige título médico con especialidad en medicina laboral o del trabajo, dos años de residencia en la provincia para los no nativos, y no tener sanciones ni deudas alimentarias.
Además, en todas las demandas por riesgos del trabajo los peritos deberán aplicar de forma obligatoria la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales (Baremo de la Ley 24.557), detallando los apartados y factores de ponderación utilizados para garantizar fundamentación científica y objetiva.
Aspectos fiscales y presupuestarios
El proyecto también exime al Estado provincial, sus entes autárquicos, descentralizados y empresas estatales del pago de la Tasa por Actuaciones Judiciales. Y faculta al Poder Ejecutivo a realizar las reestructuraciones presupuestarias necesarias para implementar la ley.
Con estos cambios, la gestión de Frigerio busca adecuar el sistema de peritajes médicos al régimen nacional de riesgos del trabajo y otorgar mayor imparcialidad a la justicia laboral entrerriana. El texto ya está en manos de los diputados.