El beneficio que ahora pueden pedir los estatales pampeanos que cuidan a alguien con discapacidad

Miles de estatales pampeanos que cuidan a una persona con discapacidad ahora pueden pedir una reducción de su jornada. Pero hay requisitos, un tope de días y un plazo que el trámite no puede superar.

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El beneficio que ahora pueden pedir los estatales pampeanos que cuidan a alguien con discapacidad
El beneficio que ahora pueden pedir los estatales pampeanos que cuidan a alguien con discapacidad

El Gobierno de La Pampa dio un paso que muchos empleados públicos venían esperando: reglamentó la ley que permite reducir la jornada laboral a los agentes estatales que tienen a cargo a personas con discapacidad. La medida se formalizó a través del Decreto Nº 1832, publicado en el Boletín Oficial el viernes pasado.

La norma reglamentada es la Ley Nº 3655, sancionada el 19 de junio de 2025. Según el texto, la normativa "autoriza una reducción de hasta el 15% en la jornada laboral para agentes estatales provinciales que tengan a cargo personas con discapacidad, conforme a la Ley N° 2226".

Uno de los puntos que más alivio trae a los solicitantes es que el beneficio puede otorgarse sin que eso afecte la situación laboral de quien lo pide.

Quiénes pueden acceder y cuánto se reduce la jornada

El artículo 1 de la ley es claro: "aquellos agentes estatales, encuadrados en los diferentes estatutos provinciales, que tengan a su cargo personas con discapacidad en los términos de la Ley N° 2226 de esta Provincia, podrán acceder a una jornada laboral de una duración de hasta un 15% (quince por ciento) menor a la que le corresponda en virtud del estatuto que regula su actividad".

La reducción puede juntarse en uno o varios días, pero hay una condición: las horas acumuladas deben usarse dentro del mismo mes. No se pueden trasladar al mes siguiente. Además, el acumulado no puede superar los tres días laborales completos por mes.

La normativa también fija que el beneficiario debe cumplir su jornada dentro del horario que cada repartición establezca de manera interna.

Qué papeles hay que presentar

Para acceder al beneficio, el agente estatal debe completar un formulario y acreditar dos cosas: la discapacidad de la persona a cargo y la situación de estar a cargo de ella. La documentación requerida incluye:

— Certificado Único de Discapacidad de la o las personas a cargo, expedido por las Juntas Evaluadoras de Personas con Discapacidad.

— Acta de nacimiento, en caso de que la persona con discapacidad sea menor de edad.

— Sentencia de restricción a la capacidad o medida cautelar otorgada.

El trámite tiene un plazo máximo: no pueden pasar más de 30 días entre la solicitud y el otorgamiento del beneficio.

Qué dice la ley que respalda el beneficio

La Ley N.º 2226, aprobada a fines de 2005, establece un Régimen Especial de Protección Integral para Personas con Discapacidad. Abarca atención médica, educación, seguridad social, integración, accesibilidad y prevención.

Esa norma define como persona con discapacidad a "toda aquella persona que presente una alteración funcional permanente o prolongada, motora, visceral, mental, sensorial o múltiple que en relación a su edad y medio social, implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral".

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