El beneficio nacional que Jujuy decidió no aplicar y que explica el tarifazo
Una compensación de la propia Resolución 272/2026 quedó sin aplicar en Jujuy, según CODELCO. La diferencia con Tucumán y Salta que agrava el tarifazo.
La suba de entre el 25% y el 30% en las facturas de energía sigue generando rechazo en Jujuy. Mientras la SUSEPU atribuye el aumento exclusivamente a la quita de subsidios dispuesta por la Nación, un análisis técnico del marco regulatorio apunta a una omisión local: el ente provincial no habría aplicado una compensación prevista en la propia normativa nacional para amortiguar el golpe en el bolsillo de los usuarios.
La advertencia la hizo la abogada Alicia Chalabe, referente de la asociación de consumidores CODELCO, quien desarmó la versión oficial y dejó al descubierto una decisión provincial de no trasladar un alivio financiero ya contemplado para la población.
Qué dice la Resolución 272/2026
Al analizar la Resolución 272/2026 emitida a nivel nacional, la especialista marcó la diferencia de criterio entre lo que ocurre en Jujuy y lo que sucede en el resto de la región.
"La baja de los subsidios focalizados establece una compensación de Nación. Solamente nosotros vamos a pagar del 25% al 30% más; en las otras provincias, como Tucumán o Salta, no tienen este mismo planteo ni están con el mismo problema tarifario. El ente regulador local se comió una parte de la resolución nacional, que establece un adicional para compensar la baja de los consumos. Por eso en otros lugares se mantienen los niveles tarifarios para no disparar la inflación, mientras que acá en Jujuy el presidente de la SUSEPU sale a anunciar un aumento directo y a decir que cuidemos la luz", sostuvo Chalabe.
Falta de especialización técnica: la raíz del problema institucional
La omisión reaviva las críticas sobre el perfil y la falta de especialización técnica de la conducción de la SUSEPU. Diversos sectores señalan que el organismo regulador terminó funcionando como una escribanía del Ejecutivo provincial antes que como un ente autárquico de control técnico independiente.
Conducción política vs. idoneidad técnica: se cuestiona fuertemente que la designación de autoridades responda a repartos o favores políticos y no a concursos de oposición entre profesionales especializados en ingeniería eléctrica, economía de los servicios públicos o derecho regulatorio.
Incapacidad para auditar a EJESA: al no contar con cuadros técnicos independientes y de alta calificación, el ente carece de la rigurosidad necesaria para auditar las estructuras de costos presentadas por la concesionaria, limitándose a validar de forma pasiva los cuadros tarifarios que envía la empresa.
Desprotección del usuario: la falta de pericia regulatoria provoca que se pasen por alto resoluciones, bonificaciones y compensaciones nacionales que benefician al usuario, derivando en un sesgo sistemático a favor de la empresa distribuidora y en perjuicio del usuario jujeño.
En ese sentido, Chalabe lanzó una crítica muy fuerte: "Acá hay un problema de fondo con la conducción del ente: no hay idoneidad ni especialización técnica. Para auditar una tarifa y defender al usuario se necesitan profesionales formados en economía de los servicios públicos, en ingeniería y en derecho regulatorio, no cargos de recambio político".
La estrategia de culpar a Nación y la respuesta judicial
Esta omisión en la aplicación del marco normativo nacional genera que el impacto en la provincia sea significativamente mayor. Al no incorporar la bonificación extraordinaria prevista en la normativa federal, la tarifa local absorbe el golpe pleno del recorte de subsidios, un costo que el organismo provincial traslada directamente a las familias jujeñas mientras busca atribuir la responsabilidad entera a la órbita nacional.
Frente a esta situación, desde CODELCO confirmaron que avanzarán con la presentación de un amparo judicial colectivo para frenar el nuevo esquema aplicado por la empresa EJESA. La presentación cuestionará no solo la validez legal del aumento y la falta de Audiencia Pública previa (exigida por jurisprudencia de la Corte Suprema ante modificaciones de esta escala) sino también la actuación de la SUSEPU por no garantizar la aplicación integral de los beneficios y compensaciones correspondientes a los usuarios de la provincia.