El amparo de Aguas Blancas y Salvador Mazza contra las restricciones de ARCA al comercio fronterizo cambia de tribunal, y eso deja en suspenso el futuro de los bagayeros y los comercios de los pasos. Qué resolvió la Justicia y qué falta definir.
La pulseada judicial que sostienen las comunas de Aguas Blancas y Salvador Mazza contra las restricciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) al comercio fronterizo sumó un capítulo procesal: el expediente ya no quedará en la capital salteña.
El Juzgado Federal N.º 2 de Salta, a cargo de Diego Anzorreguy, se declaró incompetente por razones territoriales y dispuso que la causa pase a la Mesa Distribuidora de los Juzgados Federales de Orán-Tartagal, que definirá cuál de esos tribunales la toma.
La resolución está fechada el 26 de octubre. No es un fallo de fondo: se limita a establecer qué juez debe intervenir y, en ese marco, no resuelve la inconstitucionalidad de la Resolución General 5910/2026 de ARCA ni concede la cautelar que pedían los municipios para frenar sus efectos en ambos pasos fronterizos.
Qué reclaman los municipios
Las dos comunas, representadas por el abogado Adrián Alejandro Albornoz, presentaron un amparo colectivo contra los cambios al régimen de tráfico vecinal fronterizo. Sostienen que las nuevas condiciones golpean la actividad comercial, los ingresos de los habitantes y la recaudación municipal.
Según la descripción de la demanda que recoge el fallo, la normativa fijó un límite diario de 150 dólares para las mercaderías que salen del país, sumó prohibiciones para el egreso de determinados granos y puso restricciones sobre productos en envases iguales o superiores a diez kilogramos cuando no correspondan a formatos de consumo familiar.
Para los gobiernos locales, esas disposiciones derivaron en una paralización de las actividades comerciales fronterizas y afectaron en particular a los trabajadores conocidos como bagayeros. En la presentación plantearon que el régimen anterior había permitido, durante aproximadamente cuatro décadas, el desarrollo de comercios, depósitos y empleos atados al intercambio de mercaderías.
La demanda también apunta a las facultades de ARCA para imponer esas limitaciones. Los municipios argumentan que el organismo habría excedido sus atribuciones y que el objetivo de combatir el contrabando mayorista no alcanza para justificar restricciones generales que no distinguen entre operaciones legítimas e ilícitas.
Con esos fundamentos reclamaron la declaración de inconstitucionalidad y nulidad de la resolución, además de una medida cautelar para suspender su aplicación hasta que haya una sentencia definitiva.
Por qué el caso sale de la capital salteña
Al analizar la competencia, Anzorreguy consideró que la intervención corresponde a la Justicia Federal porque se cuestiona una norma aduanera dictada por un organismo nacional. Pero descartó que el expediente pertenezca territorialmente al juzgado de la ciudad de Salta.
El magistrado explicó que la ley de amparo asigna competencia al juez del lugar donde el acto cuestionado se manifiesta o produce —o puede producir— sus efectos. Como el reclamo se concentra en los pasos de Aguas Blancas y Salvador Mazza, concluyó que el conflicto está vinculado con las jurisdicciones federales de Orán y Tartagal.
La decisión coincidió con el criterio territorial que había expuesto el fiscal federal Ricardo Rafael Toranzos en su dictamen del 22 de octubre.
El fiscal también puso en duda la legitimación de los municipios para representar judicialmente los derechos de los comerciantes mediante un amparo colectivo. Esa observación figura entre los antecedentes de la resolución, aunque el juez fundó su decisión en la competencia territorial y no rechazó la acción por ese motivo.
Por ahora, el expediente espera que se le asigne el tribunal que corresponda en el norte provincial. La constitucionalidad de las restricciones y su suspensión siguen sin definirse.