El acuerdo que cambia el régimen de trabajo en las represas: 28 días de corrido y un premio por producción
El acuerdo que se venía negociando en Río Gallegos terminó con un esquema de 28 días de trabajo por 7 de descanso. Pero hay dos puntos que nadie esperaba: técnicos chinos en las cuadrillas y un premio por producción. ¿Qué más quedó firmado?
La UOCRA Santa Cruz y la UTE de las represas del río Santa Cruz firmaron un acuerdo complementario que introduce un esquema de 28 días de trabajo por 7 de descanso y abre la puerta a un premio colectivo por producción. El documento fue rubricado el 5 de noviembre en Río Gallegos por el delegado Raúl Fernando Silva y el subdelegado Rubén Darío Crespo, en representación del sindicato, y por Wang Mingyi y Sergio Vestfrid como apoderados de la UTE, integrada por China Gezhouba Group Company Limited, Electroingeniería S.A. e Hidrocuyo S.A. De la reunión participó además el diputado nacional Jairo Guzmán.
El entendimiento tiene carácter operativo y complementario, se enmarca en el Convenio Colectivo de Trabajo 76/75 y la Ley 22.250, y alcanza exclusivamente al personal afectado al proyecto CC-LB. Una cláusula expresa establece que ninguna de sus disposiciones podrá interpretarse como una reducción o desmejora de las condiciones reconocidas en el convenio marco vigente.
El esquema de 28 días que busca adaptarse a la geografía del proyecto
Uno de los ejes centrales del acuerdo es la posibilidad de implementar un régimen de 28 días consecutivos de trabajo seguidos por siete días consecutivos de descanso. La aplicación quedará sujeta a las necesidades productivas y a las características técnicas, operativas y geográficas de la obra. El período de descanso incluirá el tiempo de traslado desde y hacia el lugar de residencia del trabajador, un punto clave para una zona de difícil acceso.
La jornada laboral diaria continuará rigiéndose por lo establecido en el convenio marco y la normativa vigente. Las horas extraordinarias serán aquellas que excedan la jornada legal y hayan sido expresamente requeridas y autorizadas.
Además, la obra tendrá una organización operativa dividida en tres sectores: Mantenimiento y Servicios, Hormigonado y Preparación, y Obras Anexas. Esta distribución apunta a mejorar la planificación, coordinación y control de las tareas, respetando las categorías laborales y los derechos establecidos.
Técnicos chinos y premio por producción
El acuerdo contempla la posibilidad de incorporar técnicos especializados chinos, quienes podrán integrar cuadrillas junto a trabajadores argentinos. La iniciativa busca favorecer la capacitación técnica y la transferencia de conocimientos profesionales, de acuerdo con los requerimientos de cada etapa de la obra.
Por otra parte, las partes acordaron la posibilidad de implementar un premio colectivo por producción para todos los trabajadores afectados al proyecto. Las condiciones, criterios y modalidades de este incentivo serán definidos durante el desarrollo de la obra y comunicados oportunamente, sin afectar las condiciones salariales previstas en el convenio marco.
Contrataciones, disciplina y diálogo antes de cualquier medida
En materia de contratación, el documento establece que las incorporaciones y finalizaciones de las relaciones laborales estarán sujetas a las necesidades productivas de la obra, respetando el convenio colectivo y la legislación vigente. Entre las causales de finalización se contemplan las previstas en el régimen legal y convencional, los incumplimientos graves debidamente constatados y documentados, y la conclusión de etapas, frentes o tareas específicas.
El acuerdo también fija mecanismos internos de control de la disciplina laboral, con participación de responsables de las áreas de Administración, Producción, Seguridad, Higiene y Calidad. Ante eventuales incumplimientos se aplicarán medidas progresivas, garantizando que el trabajador sea informado de la falta imputada y pueda efectuar su descargo.
Finalmente, UOCRA y la empresa ratificaron su compromiso de mantener instancias de diálogo permanente. En ese sentido, se estableció que, antes de adoptar medidas de acción directa, el sindicato deberá comunicar formalmente los reclamos, sus fundamentos y el alcance de las medidas proyectadas, otorgando un plazo mínimo de cinco días corridos para posibilitar una instancia de diálogo.