El accidente fatal que dejó dos muertos: por qué liberaron a los dos policías detenidos
Dos policías esperaban la definición de la Justicia tras un choque que conmocionó a Santiago. La jueza tomó una decisión que nadie vio venir y les impuso una condición millonaria. Lo que sigue, acá.
La jueza de Control y Garantías María del Huerto Bravo Suárez rechazó el pedido de prisión preventiva de la Fiscalía y ordenó la liberación de Jonathan Giménez y Nahuel Salto, los dos efectivos que permanecían detenidos por el accidente ocurrido en Antenor Álvarez y avenida Lugones.
El siniestro, que tuvo lugar en la capital santiagueña, le costó la vida a Yohana Ibáñez y Sergio Gordillo, y dejó gravemente herida a una niña. Los policías estaban privados de su libertad desde el 19 de junio de 2026, y la resolución que dispuso su salida fue firmada este 1 de septiembre.
Qué delitos se les imputan
La causa no está cerrada ni mucho menos: la investigación penal preparatoria continúa y ambos siguen vinculados al proceso. El encuadre provisorio que planteó el Ministerio Público Fiscal y que la Justicia consideró adecuado incluye doble homicidio culposo agravado en accidente de tránsito por las muertes de Gordillo e Ibáñez; lesiones culposas calificadas por las heridas de la menor; y lesiones culposas en perjuicio de Miguel Ángel Debs.
Además, se les atribuye incumplimiento de los deberes de funcionario público. Sobre este punto, la magistrada marcó una diferencia clave: para que ese delito se configure, se necesita una conducta dolosa o intencional, algo que no surge de las acciones culposas que se investigan por el accidente.
Una libertad con condiciones
La salida de los efectivos no fue en blanco. Cada uno deberá constituir una fianza personal de $6 millones, a cargo de sus abogados defensores, y cumplir una serie de reglas de conducta.
Tendrán que mantener un domicilio actualizado, no podrán salir de la provincia sin autorización judicial y deberán presentarse cada vez que la Fiscalía los cite. También tendrán que comparecer una vez por semana ante la dependencia policial correspondiente a su domicilio durante seis meses, y presentarse ante la OMAS cada 30 días mientras dure la investigación.
La jueza les impuso, además, la prohibición de cometer nuevos delitos, consumir bebidas alcohólicas en exceso, utilizar estupefacientes y portar armas. Y una de las restricciones más fuertes: no pueden acercarse ni tener contacto con las víctimas sobrevivientes, sus familiares, los querellantes particulares, determinados funcionarios policiales y los testigos citados. La medida alcanza un radio de 200 metros de los domicilios de esas personas y también la vía pública. Si incumplen, la libertad puede ser revocada.
Por qué la jueza dijo que no
La Fiscalía había pedido que siguieran detenidos, argumentando riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación. Pero Bravo Suárez consideró que esos riesgos podían neutralizarse con medidas menos gravosas que la prisión preventiva.
En la resolución se destaca que ambos tienen arraigo en la provincia, fueron puestos en disponibilidad y no registran antecedentes penales ni sanciones disciplinarias informadas. La magistrada también entendió que las diligencias que faltan pueden realizarse sin necesidad de mantenerlos privados de la libertad.
Así, Giménez y Salto recuperaron la libertad bajo fianza y con estrictas restricciones, pero siguen sometidos al proceso judicial mientras la Fiscalía avanza con las medidas pendientes para determinar responsabilidades por el trágico siniestro.