El abogado de los familiares del ARA San Juan reveló un detalle que dejó en shock al juicio

El abogado de los familiares del ARA San Juan presentó un recurso para anular el juicio y calificó el debate de “escandaloso”. ¿Qué argumentos usó para cuestionar al tribunal y qué pidió que se haga ahora?

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El abogado de los familiares del ARA San Juan reveló un detalle que dejó en shock al juicio
El abogado de los familiares del ARA San Juan reveló un detalle que dejó en shock al juicio

El abogado Luis Tagliapietra, que representa a un grupo de familiares de los tripulantes del ARA San Juan, presentó formalmente un recurso de casación ante la Cámara Federal de Casación Penal para que se anule el juicio realizado por el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz. La presentación se hizo el 3 de septiembre, una fecha que los familiares consideraron simbólica porque se conmemora el Día del Submarinista y el aniversario de la creación de la Fuerza de Submarinos.

Tagliapietra calificó el debate como “escandaloso y mamarrachezco” y pidió que, si se hace lugar al recurso, se ordene un nuevo juicio ante el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata. “En el día de hoy, Día del Submarinista y día de la creación de la Fuerza de Submarinos, es un día simbólico además porque interpusimos formalmente el recurso de casación exigiendo la nulidad del juicio oral escandaloso y mamarrachezco que se realizó ilegalmente en la ciudad de Río Gallegos, con el resultado ya conocido”, sostuvo.

La presentación se realizó en representación de allegados de varios submarinistas fallecidos, entre ellos Germán Suárez, Luis Leiva, Hernán “Moncho” Rodríguez, Mario Toconas, Fernando Villarreal, Gabriel Alfaro Rodríguez, Luis Niz, Leandro Cisneros, Alejandro Polo y Luis Nolasco. También forma parte del grupo la propia familia de Tagliapietra, cuyo hijo, Alejandro Tagliapietra, integraba la tripulación del submarino.

El objetivo: verdad y justicia

El abogado sostiene que el objetivo de la presentación es que los familiares puedan acceder a un proceso que permita esclarecer las circunstancias del hundimiento y establecer las responsabilidades correspondientes. Tagliapietra también pidió una audiencia ante la Cámara Federal de Casación Penal para exponer oralmente los argumentos, al considerar que algunos planteos son difíciles de desarrollar únicamente por escrito.

“Esperamos y deseamos que esta vez todos nos acompañen en este pedido, Fiscalía y demás querellas, porque es lo justo, porque necesitamos la verdad y que se haga un juicio con todas las pericias realizadas y con esa verdad arriba de la mesa”, expresó. Y concluyó: “Nos falta justicia y nunca bajaremos los brazos por nuestros seres queridos que merecen Memoria, Verdad y Justicia”.

El cuestionamiento al “juez natural”

Uno de los principales argumentos del recurso está relacionado con la competencia territorial del tribunal que llevó adelante el debate en Río Gallegos. La querella sostiene que el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz no era el “juez natural” para intervenir en la causa. Para fundamentar su planteo, hace referencia a la Ley 26.261, que creó el Juzgado Federal de Caleta Olivia y modificó la competencia territorial del Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia.

También señala que los restos del ARA San Juan fueron localizados frente a la costa argentina, en una zona vinculada territorialmente con Comodoro Rivadavia. Tagliapietra ya había reclamado en distintas oportunidades que el juicio se realizara en Mar del Plata, pero esos pedidos fueron rechazados por tribunales de Comodoro Rivadavia y de Río Gallegos.

Las restricciones durante el debate

Otro de los puntos centrales del recurso está relacionado con las facultades que, según la querella, fueron restringidas durante el juicio. La presentación sostiene que esas limitaciones afectaron especialmente la posibilidad de analizar la prueba, formular acusaciones y plantear el pedido de pena.

“La limitación que sufrimos durante todo el debate pero en particular a la hora de expresar nuestro alegato, de analizar libremente la prueba y su subsunción legal, las reglas del concurso de delitos aplicable y el pedido de pena, es ilegal, inconstitucional e inmoral”, plantea la querella. El escrito también invoca el artículo 393 del Código Procesal Penal, que establece la intervención del querellante luego de recibida la prueba para formular sus argumentos y acusaciones.

La falta de pericias sobre el submarino

La querella también cuestionó que durante la investigación y el juicio no se hayan realizado todas las pericias que consideraba necesarias. El planteo sostiene que nunca se ofició debidamente a especialistas nacionales y extranjeros que podían realizar determinados estudios y que tampoco fueron convocados numerosos peritos que se habían presentado en el expediente, tanto de organismos oficiales como de parte. Para Tagliapietra, la ausencia de esos estudios impidió contar con todos los elementos necesarios para reconstruir con precisión qué ocurrió con el submarino.

La discusión quedó reflejada también en las distintas posiciones de los jueces del tribunal. Mientras la mayoría consideró que la prueba existente permitía resolver el caso, el juez Luis Alberto Giménez puso el foco en la ausencia de una pericia física sobre los restos del ARA San Juan. El juez Enrique Nicolás Baronetto sostuvo que realizar un examen del submarino, ubicado a más de 900 metros de profundidad, resultaba innecesario para dictar sentencia. “Tal medida resulta innecesaria e inconducente para el dictado de un pronunciamiento de certeza en esta instancia”, expresó. En cambio, Giménez consideró que la falta de esa prueba dificultaba establecer con certeza la causa decisiva de la pérdida de control del submarino.

La responsabilidad de Villamide

El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz condenó al ex capitán de navío Claudio Villamide, quien estaba al frente del Comando de la Fuerza de Submarinos, por incumplimiento de los deberes de funcionario público, en concurso ideal con estrago culposo agravado por el resultado muerte. En cambio, los jueces absolvieron de manera unánime a Luis Enrique López Mazzeo, Héctor Aníbal Alonso y Hugo Miguel Correa.

La responsabilidad de Villamide fue vinculada con las obligaciones derivadas de su función y con las condiciones de alistamiento del submarino. Baronetto sostuvo que las normas establecían períodos de carenado, inspecciones de seguridad y condiciones de navegación que, según su análisis, fueron relativizadas. “Lo que se determinó es un obrar que relativizó estas imposiciones, con interpretaciones laxas y una forma de actuar individual, en relación a VILLAMIDE al momento de la elaboración de la ORDOP, que priorizó la operatividad sobre el estado real de alistamiento.” El magistrado también destacó la importancia de las inspecciones para verificar las condiciones del buque: “Para corroborar el estado del buque y cumplir con el alistamiento es necesario supervisar. Esto es mediante inspecciones”.

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