Drones en el campo: Salta impone nuevas reglas y crea un registro obligatorio

¿Sabías que ahora los drones que se usan para fumigar en Salta deben estar registrados? Conocé los requisitos y quiénes están obligados a inscribirse.

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Drones en el campo: Salta impone nuevas reglas y crea un registro obligatorio
Drones en el campo: Salta impone nuevas reglas y crea un registro obligatorio

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Salta oficializó la regulación de las aplicaciones de productos fitosanitarios con drones, y de paso, creó una categoría específica que alcanza a todos los que operen estas aeronaves en territorio provincial.

La medida se formalizó a través de la Resolución 578, que incorpora las aplicaciones con aeronaves pilotadas a distancia (RPA o RPAS) al régimen de la Ley de Buenas Prácticas Agrícolas y de Manufactura Nº 7.812 y su decreto reglamentario. Además, la norma se alinea con las disposiciones de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) y las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil.

¿Qué cambia para los aplicadores?

Uno de los puntos más relevantes es la creación de la categoría de “Aplicador Aéreo No Tripulado de RPA/RPAS”, que deberá inscribirse en el Registro Provincial de Usuarios de Productos Fitosanitarios. La inscripción será anual y obligatoria tanto para personas físicas como jurídicas que realicen aplicaciones con drones, ya sea por cuenta propia o para terceros.

La obligación no recae únicamente sobre los aplicadores: también deberán registrarse los pilotos, los asesores técnicos y los equipos utilizados. Esto incluye tanto a empresas dedicadas a la prestación de servicios como a productores o entidades agropecuarias que utilicen estos equipos dentro de sus propios establecimientos.

Requisitos para obtener la habilitación

Para lograr la habilitación, los interesados deberán constituir domicilio en la provincia de Salta y presentar el certificado de inscripción de la aeronave emitido por el Registro Nacional de Aeronaves, dependiente de la ANAC. También se exigirá la licencia aeronáutica habilitante del piloto a distancia, la constancia de capacitación en Buenas Prácticas Agrícolas para aplicaciones con RPA/RPAS y un seguro de responsabilidad civil de la aeronave.

La capacitación será obligatoria para el piloto, el personal de apoyo y el asesor técnico. El curso contemplará la normativa vigente sobre aplicaciones de productos químicos y biológicos de uso agropecuario, técnicas de aplicación y otros contenidos que determine la autoridad provincial.

El Carné Provincial de Aplicador de Fitosanitarios tendrá una vigencia de dos años y deberá actualizarse antes de su vencimiento. Los cursos podrán ser dictados por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable o por instituciones que celebren convenios con el organismo.

¿Qué productos se pueden usar?

La resolución también establece que en las aplicaciones con drones únicamente podrán utilizarse productos fitosanitarios registrados y habilitados expresamente por Senasa para este tipo de uso. Todas las aplicaciones deberán contar con la correspondiente Recomendación Técnica de Uso, independientemente de la banda toxicológica del producto utilizado.

Otro punto regulado es el traslado de los equipos. Cuando las aeronaves no tripuladas sean transportadas en vehículos por zonas pobladas, deberán encontrarse descargadas y perfectamente limpias de productos químicos o biológicos de uso agropecuario.

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable tendrá facultades para controlar las operaciones y exigir la documentación respaldatoria en cualquier momento y lugar. Entre los elementos que podrá requerir se encuentran las recomendaciones técnicas de uso, las autorizaciones y registros emitidos por la autoridad aeronáutica, la documentación que acredite la propiedad o tenencia del equipo, el carné y la acreditación del operario y demás documentación técnica vinculada con la aplicación.

Con la Resolución 578, Salta incorpora de manera específica las aplicaciones con drones dentro de su sistema de regulación y control de productos fitosanitarios, estableciendo obligaciones para equipos, pilotos, asesores y aplicadores que utilicen esta tecnología en la producción agropecuaria.

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