Docente de Roca: 20 años frente al aula le arruinaron la voz y ahora la Justicia le dio la razón

¿Sabías que una docente de Roca estuvo más de 20 años frente al aula y su voz quedó dañada para siempre? La Justicia acaba de darle la razón y ahora la ART deberá pagarle una indemnización. Conocé los detalles de este fallo que marca un precedente.

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Docente de Roca: 20 años frente al aula le arruinaron la voz y ahora la Justicia le dio la razón
Docente de Roca: 20 años frente al aula le arruinaron la voz y ahora la Justicia le dio la razón

Una docente de nivel primario de Roca, que pasó más de dos décadas dando clases con una alta carga horaria, logró un fallo histórico: la Justicia reconoció que su disfonía funcional crónica es una enfermedad profesional y la condenó a la ART a pagarle una indemnización. El daño en su voz es irreversible.

La mujer, que prefirió mantener su identidad en reserva, comenzó a notar dificultades para hablar y alteraciones en su voz después de años de exigencia vocal frente a sus alumnos. La enfermedad fue reconocida como profesional por la comisión médica, pero ese organismo consideró que no le generaba una incapacidad laboral.

El caso llegó a la Justicia, donde una pericia médica oficial determinó que la docente sufre una disfonía funcional irreversible y una incapacidad permanente. Así, la trabajadora decidió demandar a Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. para reclamar la indemnización prevista por la Ley de Riesgos del Trabajo.

¿Qué resolvió la Justicia?

El fuero Laboral de Roca hizo lugar al reclamo y condenó a la ART a pagarle una indemnización. La aseguradora, por su parte, rechazó el pedido durante todo el proceso, argumentando que no existía incapacidad indemnizable, cuestionando la relación entre la dolencia y las tareas realizadas, y objetando el porcentaje reclamado.

La Cámara del Trabajo analizó las pruebas y tomó como elemento central la pericia médica oficial. El especialista estableció una incapacidad base del 15% por la disfonía funcional irreversible, a la que luego sumó factores vinculados con la dificultad para realizar su tarea habitual. El porcentaje final quedó fijado en un 20,26% de incapacidad parcial y permanente.

El debate por el cálculo de la incapacidad

Uno de los puntos más conflictivos del fallo fue el método para determinar ese porcentaje. La Cámara declaró inconstitucional el artículo 3 del Decreto 549/2025, que actualizó la tabla de incapacidades laborales, considerando que una norma posterior no podía modificar las condiciones aplicables a una enfermedad que ya se había manifestado.

El tribunal fundamentó su decisión en que el sistema de riesgos del trabajo debe brindar una protección adecuada a los trabajadores, y citó criterios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la aplicación temporal de las normas. También tuvo en cuenta precedentes del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.

Finalmente, el fallo reconoció a la docente una incapacidad laboral permanente parcial del 20,26% y el derecho a percibir la correspondiente prestación dineraria establecida por la Ley de Riesgos del Trabajo.

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