Dio una entrevista contando cómo operaba su casino online ilegal y terminó condenado
Tres años de prisión condicional y un precedente histórico en la provincia: un entrerriano fue el primero en ser condenado por operar un casino online ilegal. El detalle que destapó todo: él mismo lo contó en una entrevista.
Un hombre de 37 años, oriundo de Santa Elena, fue sentenciado a tres años de prisión condicional por operar casinos online sin autorización en Entre Ríos. El dato más llamativo: la causa se originó a partir de una entrevista en la que el propio acusado explicó su operatoria.
Se trata de Luis Daniel Acuña, quien fue declarado autor penalmente responsable del delito previsto en el artículo 301 bis del Código Penal, que castiga la explotación de juegos de azar sin la habilitación correspondiente.
La condena fue dictada en un juicio abreviado por el juez de Garantías y Transición de La Paz, Ramón Lell, y firmada el 18 de agosto. El caso es inédito en la provincia: es la primera vez que alguien recibe una pena por juego ilegal.
Cómo fue la investigación
Según los fundamentos de la resolución, Acuña organizó un sistema de captación de apuestas para plataformas de casino online, con la ayuda de una mujer que oficiaba de "cajera". La actividad se desarrollaba sin los permisos exigidos por la normativa vigente.
La denuncia la presentó el cuerpo legal del IAFAS, la autoridad de aplicación en materia de juegos de azar en la provincia. Pero la pista clave surgió de un medio digital: en una entrevista publicada por "La Departamental Noticias", Acuña contó de manera espontánea cómo funcionaba el negocio.
Es decir, el propio imputado expuso detalles de la operatoria que después se convirtieron en material de interés para la causa. A partir de ahí, la Justicia avanzó contra esa actividad que, según se determinó, captaba apuestas para casinos online sin habilitación.
Qué dijo el fallo
La sentencia remarca que Acuña no solo reconoció su participación, sino que explicó el rol de cada integrante de la estructura: "La gestión de cobros era realizada por terceras personas, quienes actuaban como 'cajeros' o 'cajeras', constituyendo el nexo entre los apostadores y las plataformas digitales", destaca el texto.
El juez también señaló que las declaraciones del condenado fueron corroboradas con distintas medidas de investigación, incluido un allanamiento en su domicilio.
El artículo 301 bis del Código Penal establece penas de 3 a 6 años de prisión para quien "explotare, administrare, operare o de cualquier manera organizare, por sí o a través de terceros, cualquier modalidad o sistema de captación de juegos de azar sin contar con la autorización pertinente".