Denuncias falsas en Mendoza: el proyecto que podría cambiar las reglas para proteger a los menores

¿Sabías que una denuncia falsa podría llevar a su autor ante la Justicia penal? Conocé los detalles del proyecto que busca proteger a los menores y qué cambios propone para las medidas de restricción.

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Denuncias falsas en Mendoza: el proyecto que podría cambiar las reglas para proteger a los menores
Denuncias falsas en Mendoza: el proyecto que podría cambiar las reglas para proteger a los menores

Un proyecto que promete sacudir el sistema judicial mendocino avanza en la Legislatura. La iniciativa, que ya obtuvo despacho favorable, propone que quienes presenten denuncias falsas que involucren a menores puedan terminar ante la Justicia penal. El cambio podría afectar la forma en que se manejan las medidas de protección en toda la provincia.

La Cámara de Diputados de Mendoza dio un paso clave al aprobar en la Comisión de Derechos y Garantías un proyecto que modifica la Ley Provincial 9.120, el Código Procesal de Familia y Violencia Familiar. El objetivo es ajustar las normas que regulan las medidas de protección cuando están en juego niños, niñas y adolescentes.

La iniciativa, impulsada por la diputada Cecilia Soler Gómez (La Libertad Avanza), ahora deberá continuar su tratamiento en el recinto. Pero ya genera debate por uno de sus puntos más sensibles: el destino de las denuncias que se demuestren falsas.

¿Qué pasa con las denuncias falsas?

El texto establece que si durante el proceso judicial se comprueba que la denuncia fue falsa, total o parcialmente, el juez podrá derivar el expediente al Ministerio Público Fiscal. Allí se investigaría si corresponde aplicar el artículo 245 del Código Penal, que castiga la falsa denuncia.

Sin embargo, la propuesta deja un resguardo importante: no alcanzaría a quienes actuaron de buena fe. Es decir, que una denuncia que no pueda probarse no implicará automáticamente una causa penal. Solo se avanzará cuando se acredite la falsedad.

Límites a las medidas de protección

Otro de los cambios centrales tiene que ver con la duración de las prohibiciones de acercamiento y exclusiones del hogar cuando afectan a menores. El proyecto fija un plazo máximo de 90 días corridos para estas medidas, algo que hoy no está estipulado.

La idea es evitar que las restricciones se mantengan por tiempo indeterminado. Las prórrogas serán posibles, pero requerirán una resolución judicial fundada, con informes técnicos actualizados y circunstancias objetivas que justifiquen la continuidad. Nada de renovaciones automáticas: cada extensión deberá evaluarse de nuevo.

Más control y participación

El proyecto también refuerza la fundamentación de las decisiones judiciales. Las resoluciones deberán explicar, para cada menor involucrado, la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora. Es decir, por qué se considera que el derecho invocado es razonable y por qué esperar podría causar un perjuicio.

Además, se incorpora una herramienta para la persona afectada por una medida: una vez notificada, tendrá 10 días hábiles para pedir el levantamiento, modificación o cese de la restricción, o para oponerse. En estos casos, intervendrá el Ministerio Pupilar, que vela por los derechos de los menores en los procesos judiciales.

Delitos contra menores: compulsa penal de oficio

La iniciativa introduce la compulsa penal de oficio. Si durante las actuaciones en el ámbito de Familia surgen indicios de un posible delito contra un menor, el juez deberá ordenar la formación de la compulsa y remitirla al Ministerio Público Fiscal. Así, un caso que comenzó en Familia podría derivar en una investigación penal.

El proyecto fue analizado en la Comisión de Derechos y Garantías, presidida por Julio Villafañe (PJ), con la participación de representantes del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza. En el encuentro se debatieron los mecanismos de control y revisión de las medidas, y se incorporaron aportes de especialistas y organizaciones.

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