Confirmado: cuándo arranca el próximo fin de semana largo en Argentina

¿Cuándo cae el próximo feriado? Enterate de todos los fines de semana largos que quedan en 2026.

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Confirmado: cuándo arranca el próximo fin de semana largo en Argentina

Tras el feriado del 1° de mayo, muchos se preguntan cuándo será el próximo descanso. El lunes 25 de mayo es feriado inamovible por el Día de la Revolución de Mayo, lo que garantiza tres días de descanso para quienes no trabajen.

¿Qué feriados quedan en 2026, mes a mes?

Mayo
Lunes 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).

Junio
Lunes 15: Paso a la Inmortalidad de Martín Miguel de Güemes (trasladable).
Sábado 20: Paso a la Inmortalidad de Manuel Belgrano (inamovible).

Julio
Jueves 9: Día de la Independencia (inamovible).
Viernes 10: Día no laborable con fines turísticos.

Agosto
Lunes 17: Paso a la Inmortalidad de José de San Martín (trasladable).

Septiembre
Sin feriados nacionales.

Octubre
Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (trasladable).

Noviembre
Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (trasladado).

Diciembre
Lunes 7: Día no laborable con fines turísticos.
Martes 8: Inmaculada Concepción de María (inamovible).
Viernes 25: Navidad (inamovible).

Fines de semana largos confirmados en 2026

1 al 3 de mayo: Día del Trabajador (3 días).
23 al 25 de mayo: Revolución de Mayo (3 días).
13 al 15 de junio: Güemes (3 días).
9 al 12 de julio: Independencia + día no laborable (4 días).
15 al 17 de agosto: San Martín (3 días).
10 al 12 de octubre: Diversidad Cultural (3 días).
21 al 23 de noviembre: Soberanía Nacional (3 días).
5 al 8 de diciembre: Inmaculada Concepción + día no laborable (4 días).
25 al 27 de diciembre: Navidad (3 días).

Días no laborables con fines turísticos

El Gobierno definió tres fechas para extender descansos: viernes 10 de julio, lunes 7 de diciembre (el del 23 de marzo ya quedó atrás).

Diferencia entre feriado y día no laborable

La diferencia entre ambos conceptos es clave desde el punto de vista laboral. Feriado: es obligatorio. Si se trabaja, corresponde pago doble, según la Ley de Contrato de Trabajo. Día no laborable: queda a criterio del empleador. Si se trabaja, no se paga extra. Esta distinción impacta tanto en la organización de las empresas como en la remuneración de los trabajadores.

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