Condenada por matar a su marido, pero su defensa apeló: ¿fue violencia de género?
Condenada a 15 años por matar a su esposo, pero su defensa apela y asegura que fue víctima de violencia de género. ¿Lograrán revertir la sentencia?
Una mujer fue condenada a 15 años de prisión por apuñalar a su esposo, pero su defensa ya apeló: aseguran que actuó para defenderse de un ataque violento y que era víctima de violencia de género.
El Tribunal Oral en lo Criminal N°4 de Morón declaró culpable a Cecilia Morales por el homicidio de Alcides Jorge Junco, ocurrido el 23 de marzo de 2025 en la localidad de Mariano Acosta, Merlo. Los jueces Rodolfo Castañares, Carlos Roberto Torti y Verónica Vanesa Gerez dictaron la sentencia, pero descartaron la prisión perpetua que correspondía al delito de homicidio agravado por el vínculo.
Según el fallo, el crimen fue “cometido mediando circunstancias extraordinarias de atenuación”. La pareja mantenía una “relación tóxica” marcada por “conflictos permanentes, agresiones verbales y episodios de violencia”, lo que llevó a los magistrados a no aplicar la pena máxima.
¿Qué dijo Cecilia Morales en el juicio?
Durante el debate, Morales declaró que el día del hecho su esposo le quitó el celular para revisarlo y luego intentó asfixiarla en el baño. “Me agarró dos veces, me asfixió y me quedé casi sin aire. En eso corrí hacia la cocina; él agarró la cuchilla que yo estaba usando para hacer la comida de los perros y me dio en las piernas. Forcejeamos, y en ese forcejeo yo se la logro sacar. Ahí es cuando yo temía que se me venga encima y se la clavo en el corazón”, relató.
La mujer llamó a su hijo y a la Policía. Al llegar, los efectivos la encontraron “en estado de nerviosismo” y confesó el crimen. El cuerpo de Junco estaba junto a la puerta de entrada, con una herida en la zona cardíaca que le provocó una hemorragia interna fatal. En la cocina hallaron una cuchilla de carnicero ensangrentada dentro de la bacha.
Las pruebas y la decisión del Tribunal
La Justicia constató que Morales tenía heridas en la cabeza, cuello, hombro derecho y cortes en las piernas. Sin embargo, los peritos determinaron que las lesiones en piernas y brazos no se produjeron en el momento del crimen, y las del cuello y cabeza ocurrieron “cuando la agresión no era inminente”. En el fallo se establece: “Al ejercer el ataque, la acción dejó de ser defensiva para convertirse en una voluntad de causar la muerte”.
La defensa pidió que el caso se encuadrara como legítima defensa, pero los jueces rechazaron el planteo por falta de pruebas. Como atenuantes, valoraron el buen comportamiento de la imputada, su falta de antecedentes y los testimonios que respaldaban la existencia de una relación violenta.
Ahora, la defensa apeló ante la Cámara de Casación, mientras Morales permanece detenida en la cárcel de mujeres de San Martín.