Causa 911: la Justicia habilitó que policías imputados y denunciantes coincidan en emergencias

La Justicia habilitó que policías imputados y denunciantes coincidan en emergencias, pero con una condición estricta. Qué pasa cuando termina el operativo.

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Causa 911: la Justicia habilitó que policías imputados y denunciantes coincidan en emergencias
Causa 911: la Justicia habilitó que policías imputados y denunciantes coincidan en emergencias

La Justicia de Paraná flexibilizó la perimetral que pesaba sobre los policías involucrados en la causa 911, pero solo para casos de emergencia. La excepción, dispuesta por el juez de Garantías Nº 2, José Eduardo Ruhl, regirá únicamente cuando denunciantes e imputados deban coincidir en una intervención policial impostergable.

La modificación se enmarca en la investigación por el presunto cobro irregular de servicios adicionales en la División 911 de la Policía de Entre Ríos. La resolución no elimina la restricción de acercamiento, sino que establece un permiso acotado y condicionado.

Por qué pidieron flexibilizar la perimetral

El pedido fue presentado de común acuerdo por el fiscal Juan Francisco Ramírez Montrull y el defensor Eduardo D. Gerard. Ambos argumentaron que, aunque los efectivos denunciantes y los imputados cumplen funciones en distintas dependencias, la dinámica de los procedimientos puede hacer que deban intervenir en el mismo lugar.

Una emergencia en la vía pública o cualquier situación que requiera actuación inmediata podría generar una coincidencia que, en condiciones normales, estaría impedida por la restricción judicial. Ante ese escenario, el juez Ruhl hizo lugar al pedido aclaratorio y precisó en qué circunstancias se podrá exceptuar temporalmente la prohibición.

Cómo funcionará la excepción

La autorización se aplicará exclusivamente cuando la proximidad entre los policías sea consecuencia directa del cumplimiento de una función policial urgente e impostergable. En términos prácticos, si dos efectivos alcanzados por la medida deben coincidir en una intervención que no puede postergarse, la cercanía necesaria para cumplir con el procedimiento no constituirá por sí misma un incumplimiento de la perimetral.

Una vez finalizada la situación de emergencia, deberá restablecerse inmediatamente la distancia fijada por la restricción. La eventual participación conjunta en un operativo no modifica de manera permanente las condiciones establecidas por la Justicia.

Qué sigue prohibido

El magistrado ratificó que permanecen vigentes las restantes prohibiciones impuestas en la causa. Los policías alcanzados no podrán realizar ningún acto molesto, perturbador o violento hacia los denunciantes, ya sea de forma directa, mediante terceras personas o a través de medios de comunicación.

La protección también alcanza a los familiares del personal denunciante, según quedó establecido en la resolución. Esta condición se mantendrá durante todo el plazo judicialmente fijado, independientemente de la excepción prevista para operativos de emergencia.

La medida busca compatibilizar las restricciones de la investigación penal con las obligaciones de los efectivos como integrantes de la fuerza de seguridad, sin alterar el fondo de la causa ni la situación procesal de los involucrados.

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