Calingasta reforma su asistencia social: subsidios atados al salario mínimo y un tope que sorprende

Calingasta aprobó una nueva ordenanza que cambia la asistencia social: subsidios indexados al salario mínimo, un tope de cuatro ayudas por año y controles más estrictos. ¿Cómo impactará en las familias?

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Calingasta reforma su asistencia social: subsidios atados al salario mínimo y un tope que sorprende
Calingasta reforma su asistencia social: subsidios atados al salario mínimo y un tope que sorprende

El Concejo Deliberante de Calingasta derogó la ordenanza anterior y aprobó un nuevo régimen de ayuda social que promete cambiar las reglas del juego. La medida indexa los montos al Salario Mínimo y limita la cantidad de subsidios por año, en un intento por blindar los recursos ante la inflación.

La flamante normativa, denominada "Régimen de Asistencia Social Integral", reemplaza a la Ordenanza N.º 1659-CD-2025 y establece un esquema de actualización automática de los montos. De esta manera, el municipio busca evitar que el poder adquisitivo de las ayudas se erosione con el paso del tiempo, sin necesidad de modificar la ley cada vez que el contexto económico cambie.

¿Quién controlará los nuevos subsidios?

La Dirección de Acción Social del municipio se convierte en la autoridad de aplicación del sistema. Será la encargada de gestionar todo el circuito: desde que ingresa la solicitud, pasando por el control de requisitos, hasta la elaboración de informes técnicos y la supervisión de la rendición de cuentas.

Uno de los puntos más llamativos es el tope de cuatro subsidios por año calendario para cada beneficiario, sin importar la categoría. Sin embargo, hay una excepción: las ayudas destinadas a urgencias de alimentación, medicamentos, atención médica o pasajes no contarán dentro de ese límite, siempre que un informe social acredite la persistencia de la necesidad.

¿Cuáles son los montos y qué requisitos piden?

La ordenanza detalla los topes económicos expresados en Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Para alimentación y medicamentos, el Ejecutivo puede otorgar hasta 3 SMVM en cada caso, aunque para remedios será obligatorio presentar recetas médicas y una certificación del Centro de Salud local que confirme la falta de stock.

En cuanto a atención médica y pasajes, se destinan hasta 3 SMVM para consultas o prácticas en el sector privado cuando el sistema público no tenga la especialidad o haya emergencias. Para traslados, el límite baja a 1 SMVM.

Los servicios esenciales, como luz, agua y garrafas, cuentan con un tope de 2 SMVM. Para infraestructura habitacional y alquileres, las familias vulnerables podrán acceder a hasta 4 SMVM para materiales de construcción, compra que deberá realizarse en comercios inscriptos en Rentas municipal. También hay 4 SMVM para canon locativo o alquileres temporales por emergencias de salud fuera del departamento, con un plazo inicial de tres a seis meses prorrogables.

En desarrollo comunitario, educación y producción, los montos varían: 3 SMVM para entidades deportivas y deportistas de alto rendimiento, 1 SMVM para instituciones culturales y educativas, y hasta 2 SMVM en especie para pequeños productores agrícolas y ganaderos.

Para iniciar cualquier trámite, los interesados deberán abrir un expediente administrativo en las delegaciones municipales, presentando fotocopia del DNI del grupo familiar, firma del solicitante y un informe socioeconómico elaborado por profesionales del área social.

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