Bebé de Rancul: la jueza que frenó su traslado y lo que nadie contó del fallo
La jueza Loscertales frenó el traslado de un bebé de seis meses y apuntó contra la Dirección de Niñez por actuar de manera informal. ¿Qué dijo el fallo sobre el futuro del pequeño?
La jueza Paola Loscertales, de General Pico, cuestionó duramente a la Dirección de Niñez por trasladar a un bebé de seis meses como si fuera un paquete. El fallo ya inició el proceso de adopción definitiva y el pequeño sigue con la familia de contención que busca quedárselo.
La magistrada de familia, niñas, niños y adolescentes dictó la situación de adoptabilidad del bebé de Rancul, que hoy tiene seis meses. Desde su decisión, el menor permanece al lado de Joaquín Díaz y Ana Laura Pizzani, la pareja que lo contiene y aspira a ser su familia definitiva.
¿Qué pasó con la familia de contención?
Las abogadas Cristina Salvadori y Yanina Cabrera, que representan a la pareja, denunciaron irregularidades en el accionar del organismo oficial. Según consta en el Registro Único de Adoptantes (RUA), Díaz y Pizzani iniciaron los trámites a fines del año pasado y presentaron una nota que lo certifica.
El proceso para seleccionar a la familia definitiva ya está en marcha, pero mientras tanto la jueza puso el freno a cualquier traslado intempestivo.
Los argumentos que remecieron el fallo
Loscertales fue contundente: puso por encima de todo “el interés superior del niño” y ordenó preservar su centro de vida y sus vínculos de apego. En el fallo, la magistrada señaló que el reintegro del niño ordenado por la Dirección de Niñez se hizo “de manera informal, a través de un WhatsApp, sin acto administrativo válido ni notificación fehaciente”. Para la jueza, eso “convierte al niño en un objeto de traslado intempestivo, como un paquete, sin reparar en el daño que se le ocasiona”.
“Si bien la familia de contención conoce y acepta la temporalidad de su rol –prosiguió–, ello no habilita a que el niño sea removido de manera brusca, sin planificación ni acompañamiento, y menos aún cuando ya se dictó la situación de adoptabilidad”. Por eso, ya se pidieron los legajos del RUA para avanzar en su inserción definitiva.
“El niño no puede ser tratado como un objeto, sino como sujeto de plenos derechos”, afirmó la jueza. Y fue más allá: “el pequeño no es un número de legajo ni un objeto de traslado, es un bebé de seis meses cuya vida emocional y psíquica se construye día a día en el contacto con quienes lo cuidan”. También advirtió que “la forma en que se lo separa, el modo en que se lo entrega, la brusquedad o la falta de acompañamiento, son factores que inciden directamente en su desarrollo y pueden dejar huellas irreversibles”.
Con esos argumentos, Loscertales rechazó el recurso de reposición que interpuso la Fiscalía de Estado de la provincia, dejando firme su decisión de no permitir un traslado que exponga al bebé a un daño innecesario.