ARCA blanqueo laboral: plazos y cuotas para regularizar empleados
¿Tu empresa tiene empleados en negro? Conocé los plazos y cuotas del nuevo blanqueo laboral de ARCA. Hay tiempo hasta noviembre.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) acaba de oficializar el régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER). Las empresas tienen tiempo hasta el 28 de noviembre para regularizar a sus trabajadores no registrados o mal declarados, y podrán acceder a planes de pago de hasta 72 cuotas.
¿Quiénes pueden adherirse y hasta cuándo?
El PER está destinado a empleadores del sector privado que tengan relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas, siempre que hayan comenzado antes del 5 de marzo de 2026 y sigan vigentes al momento del trámite. La ventana de adhesión se abrirá el 16 de junio y cerrará el 28 de noviembre de este año, según la resolución general 5862 publicada en el Boletín Oficial.
¿Cómo se regulariza la situación?
Las empresas deben corregir las declaraciones de sus empleados, ya sea porque no estaban registrados o porque figuraban con una fecha de ingreso posterior a la real o un salario menor al verdadero. El trámite se hace online, a través del servicio “Simplificación Registral”, usando códigos específicos según el tipo de empresa: 704 para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro; 705 para medianas empresas (tramo 1 y 2); y 706 para el resto de los empleadores.
Cuando se haya declarado una remuneración inferior, el empleador deberá informar la diferencia a ARCA para regularizar los aportes. “En ambos casos, los empleadores deberán presentar, por los períodos fiscales que se regularicen, las declaraciones juradas -originales o rectificativas- determinativas y nominativas de las obligaciones con destino a la seguridad social que se encuentren vencidas hasta el último día”, explicó el organismo.
Planes de pago: cuotas según el tamaño de la empresa
ARCA instrumentó, mediante la resolución 5832, un plan de facilidades con hasta 72 cuotas. El monto mínimo de cada cuota y del pago a cuenta será de $50.000, con una tasa de interés mensual del 1%. Los detalles por tipo de contribuyente son los siguientes:
– Pymes y entidades sin fines de lucro: hasta 72 cuotas con un pago a cuenta del 3%.
– Medianas empresas (tramo 1 y 2): 48 cuotas con un pago a cuenta del 4%.
– Resto de los empleadores: hasta 36 cuotas con un pago a cuenta del 5%.
Además, existe la opción de pagar al contado, lo que permite una reducción adicional del 50% sobre el saldo restante. Desde ARCA aclararon que “el pago a cuenta se calculará sobre el total de la deuda consolidada” y que “las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas”. La regularización puede alcanzar obligaciones devengadas hasta octubre de 2026 inclusive.