Agosto: ¿Trabajo el feriado o me quedo en casa?
El gremio de empleados de comercio, SEOC, ha emitido un comunicado crucial para los trabajadores. Con dos fechas importantes a la vista, las dudas sobre si se trabaja y cómo se paga son muchas. Te contamos los detalles. Este viernes 15 de agosto, declarado día no laborable con fines turísticos, es de carácter optativo. Esto […]
El gremio de empleados de comercio, SEOC, ha emitido un comunicado crucial para los trabajadores. Con dos fechas importantes a la vista, las dudas sobre si se trabaja y cómo se paga son muchas. Te contamos los detalles.
Este viernes 15 de agosto, declarado día no laborable con fines turísticos, es de carácter optativo. Esto significa que la decisión de abrir o no el local queda en manos del empleador.
Si te toca ir a trabajar, el día se paga como una jornada normal, sin ningún tipo de recargo. No es un feriado nacional, así que no aplica el pago doble.
El panorama cambia para el domingo 17 de agosto. En esta fecha se conmemora el paso a la Inmortalidad del General José de San Martín, un feriado nacional inamovible.
Ese día no se trabaja. Si el empleador te pide que vayas, tenés derecho a negarte. Si aceptás hacerlo, el pago por la jornada debe ser doble.
Es importante tener clara la diferencia entre ambas fechas para evitar confusiones y garantizar que se respeten los derechos laborales.