Adiós al caos: así quedó la nueva ley para circular en monopatín en Paraná

La concejal Luisina Minni impulsó una ordenanza que cambia las reglas del juego para los monopatines en Paraná. Casco obligatorio, edad mínima y un seguro que hasta ahora no se pedía. Pero hay un detalle que muchos no vieron venir y que define quiénes quedan afuera de la nueva ley.

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Adiós al caos: así quedó la nueva ley para circular en monopatín en Paraná
Adiós al caos: así quedó la nueva ley para circular en monopatín en Paraná

El Concejo Deliberante de Paraná dio luz verde a una ordenanza que pone orden al uso de monopatines y otros vehículos de movilidad personal (VMP) en las calles de la ciudad. La iniciativa, impulsada por la concejal oficialista Luisina Minni (PJ), presidenta del bloque justicialista, busca garantizar la seguridad vial y una convivencia armónica entre todos los actores del tránsito.

La nueva norma deja en claro que no alcanza a todo el mundo: quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida, las motos eléctricas y los velocípedos que ya están regulados por la Ordenanza 9479, que mantienen su propio régimen.

¿Qué exigencias arrancan a regir?

Para poder circular, los monopatines deberán contar con un sistema de freno eficaz, luces delanteras y traseras visibles para la noche o baja visibilidad, y una alerta sonora. No alcanza con tener el vehículo: el que lo use tendrá que usar casco homologado y elementos reflectivos, ya sea en la ropa, el casco o los accesorios.

Además, se fija una edad mínima: no se podrá conducir un VMP si no se tiene al menos 16 años. Para los modelos de mayores prestaciones, que se asimilan a motovehículos, la reglamentación exigirá la licencia de conducir correspondiente.

El proyecto también define por dónde se puede circular: será obligatorio usar ciclovías o bicisendas cuando la arteria cuente con esa infraestructura. Si no hay carriles exclusivos, habrá que ir por el margen derecho de la calzada, en el sentido del tránsito y sin molestar a vehículos ni peatones.

Se autoriza la circulación por calles y avenidas, salvo aquellas que la autoridad de aplicación prohíba por razones de seguridad vial. Y ojo: los usuarios deberán tener un seguro de responsabilidad civil vigente que cubra daños a terceros.

Prohibiciones y un registro nuevo

La ordenanza mete mano también en el comportamiento: no se podrá transportar carga, animales ni otras personas; está vetado circular por veredas, plazas, parques, rutas, autopistas y accesos; y no se puede usar el teléfono ni auriculares mientras se conduce. Tampoco está permitido manejar bajo los efectos del alcohol o las drogas, sin importar el nivel de concentración.

Por último, se crea el Registro Municipal de Vehículos de Movilidad Personal, donde los propietarios deberán inscribir sus datos: nombre y apellido, dirección, marca y modelo, y número de serie si lo tuviera.

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