Adiós al apostillado: ARCA moderniza un trámite clave para pagos al exterior

¿Sabías que ARCA eliminó un requisito que complicaba los pagos al exterior? Conocé cómo impacta en tu empresa y qué tenés que tener en cuenta.

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Adiós al apostillado: ARCA moderniza un trámite clave para pagos al exterior
Adiós al apostillado: ARCA moderniza un trámite clave para pagos al exterior

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio un paso histórico al eliminar un requisito que frenaba las operaciones internacionales. Ya no será obligatorio apostillar el certificado de residencia fiscal para acceder a los beneficios de los convenios que evitan la doble imposición.

La Resolución General 5855/2026, publicada recientemente, modifica un procedimiento que permanecía intacto desde hacía décadas. El objetivo es claro: simplificar la burocracia y adaptarse a los sistemas digitales que ya usan las administraciones tributarias modernas.

Esta medida impacta directamente en las empresas argentinas que contratan servicios en el exterior, como licencias, software, asesoramiento técnico o financiamiento. Con casi 22 convenios internacionales vigentes, el país busca agilizar los trámites sin perder el control fiscal.

¿Qué cambió exactamente?

Antes, las compañías debían presentar el certificado de residencia fiscal de su proveedor extranjero con apostilla, un sello que autentica documentos en el ámbito internacional. Ese trámite implicaba costos adicionales, demoras y gestiones en el país de origen del proveedor.

Con la nueva normativa, el apostillado solo se exigirá cuando el certificado provenga de un país sin sistemas de verificación electrónica. Si la autoridad emisora cuenta con códigos QR u otros mecanismos digitales oficiales, el documento se aceptará sin más trámite.

Además, los certificados tendrán una vigencia de 12 meses desde su emisión. Los que ya estén en curso conservarán su validez hasta el vencimiento original, tal como establece la resolución.

Menos requisitos, pero con la misma lupa

La simplificación no implica relajar los controles. Las empresas deberán conservar toda la documentación que acredite que el servicio contratado en el exterior se prestó efectivamente. Eso incluye contratos, facturas y elementos que respalden la operación.

Esa documentación no se presenta ante el banco al momento del pago, pero debe estar disponible ante una eventual inspección de ARCA. Si los documentos están en otro idioma, deberán contar con traducción oficial de un traductor público matriculado.

El incumplimiento de estos requisitos tiene consecuencias directas: la empresa perderá el derecho a las alícuotas reducidas y deberá aplicar la retención completa del impuesto. Por eso, contar con un expediente ordenado es más crucial que nunca.

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