Adiós a los convenios eternos: los cambios laborales que Sturzenegger definió como “un mundo que ya no existe más”

Receta digital obligatoria, fin de los convenios eternos y un recibo de sueldo que muestra todo lo que se descuenta. ¿Qué implica realmente la reglamentación laboral que ya está en vigencia?

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Adiós a los convenios eternos: los cambios laborales que Sturzenegger definió como “un mundo que ya no existe más”

El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Modernización Laboral a través del Decreto 407/26, publicado este lunes en el Boletín Oficial. El ministro Federico Sturzenegger presentó los cambios como un quiebre con décadas de leyes “pensadas para un mundo que ya no existe más”. La normativa impacta en licencias médicas, recibos de sueldo, convenios colectivos y sindicatos, entre otros puntos.

Según explicó el funcionario en su cuenta de X, el decreto aborda dos ejes: la reglamentación de la legislación laboral propiamente dicha y las modificaciones a la Ley de Convenciones Colectivas y los mecanismos de representación sindical y empresaria.

¿Qué cambia con las licencias médicas?

Uno de los puntos clave es la obligatoriedad de la receta digital para las licencias médicas laborales previstas en el artículo 210 de la Ley de Contrato de Trabajo. Sturzenegger señaló que esto busca “dar trazabilidad al diagnóstico y evitar cualquier tipo de duda”. Además, se incorpora la posibilidad de recurrir a una junta médica cuando existan discrepancias entre las partes.

Digitalización de comunicaciones

El decreto faculta a la Secretaría de Trabajo a implementar procedimientos administrativos digitales para cursar comunicaciones laborales. Esto forma parte del proceso de digitalización de trámites vinculados al mundo laboral.

Homologación de acuerdos de desvinculación

Se incorpora la posibilidad de homologar ante la autoridad administrativa los convenios de desvinculación por común acuerdo, lo que permitirá a empleadores y trabajadores contar con una instancia formal de homologación.

Información sobre trámites jubilatorios

La reglamentación establece un mecanismo para que los empleadores puedan conocer fehacientemente cuándo se inician y concluyen los trámites jubilatorios de sus trabajadores, ordenando el acceso a esa información.

Servicios eventuales: adiós a la burocracia

Sturzenegger dedicó un extenso apartado a los servicios eventuales, afirmando que el nuevo esquema “desmantela la burocracia vigente desde hace 20 años”. La inscripción será “simple, gratuita y electrónica”, con habilitación automática por silencio positivo a los quince días hábiles. También se amplían los casos para la asignación de trabajadores bajo esta modalidad y se flexibilizan las exigencias de solvencia para operar.

Beneficios sociales y gastos no remunerativos

La reglamentación fija pautas para beneficios sociales y componentes salariales no remunerativos, habilitando el pago de gastos de transporte contra comprobantes y la cobertura de servicios de comedor en locales de cercanía.

El nuevo recibo de sueldo

Uno de los cambios más llamativos es el nuevo formato del recibo de sueldo, que deberá detallar obligatoriamente el costo total que abona el empleador por cada puesto laboral. Según Sturzenegger, el objetivo es transparentar “todo aquello que le sacan al trabajador”. El recibo se divide en tres bloques: el primero detalla las contribuciones del empleador, el segundo mantiene el formato tradicional (salario bruto, descuentos y neto), y el tercero incorpora una representación gráfica de la cuña fiscal y sindical, mostrando “hacia dónde fluye exactamente ese dinero”.

Nuevo modelo de recibo de sueldo

Convenios colectivos: se terminó la ultraactividad

La segunda parte del decreto se enfoca en los convenios colectivos. Sturzenegger argumentó que “esta ley necesitaba una actualización” y señaló que existen convenios negociados “hace más de 50 años, vencidos y firmados por partes que en muchos casos no existen”.

Representación empresaria

Los grupos empresarios que empleen a más del 10% de los trabajadores de una actividad podrán participar en las negociaciones. Se amplía la legitimación para incorporar representantes de distintas jurisdicciones y se fomenta la creación de asociaciones de consorcistas para negociar convenios de trabajadores de edificios.

Ultraactividad y aportes

La Ley 27.802 puso fin a la ultraactividad. Para los convenios vencidos, las cláusulas obligacionales (como descuentos o aportes compulsivos) cayeron el 6 de marzo. No serán exigibles cláusulas que impongan aportes compulsivos a empleadores no afiliados. En convenios vigentes, las cláusulas obligacionales no podrán superar el 2% para trabajadores y el 0,5% para empleadores, tomando como referencia el salario mínimo de convenio.

Sindicatos de empresa

Se reglamenta el sindicato de empresa o grupo de empresas, que tendrá prioridad sobre el convenio general de actividad. Los requisitos incluyen una antigüedad mínima de seis meses y una cantidad de afiliados superior al 5% de la existente. La Secretaría de Trabajo tendrá 45 días para emitir una decisión.

Delegados y horas gremiales

Cuando cambie el sindicato con personería gremial, los delegados cesarán en su representación, aunque mantendrán la protección posterior. Las horas gremiales mensuales tendrán un límite y deberán ser compatibles con la continuidad de las tareas laborales.

Cambios para la construcción

En el sector de la construcción, el IERIC dejará de llevar las altas y bajas de trabajadores, función que quedará integrada a los registros de ARCA. “El único registro válido y suficiente para determinar si un trabajador está registrado serán los propios registros de ARCA”, explicó Sturzenegger, quien resumió: “Menos papeles duplicados, menos trámites y más trazabilidad”.

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