Adiós a las plantas oficiales: el Gobierno habilitó talleres privados para la VTV

El Gobierno modificó el régimen de la VTV y ahora los talleres privados podrán hacer la revisión. ¿Qué cambia para los conductores? Enterate los detalles.

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Adiós a las plantas oficiales: el Gobierno habilitó talleres privados para la VTV
Adiós a las plantas oficiales: el Gobierno habilitó talleres privados para la VTV

El Gobierno nacional oficializó una reforma clave en el régimen de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) que promete cambiar la vida de los conductores. Ya no será obligatorio acudir a las plantas específicas: cualquier taller o empresa que acredite capacidad técnica podrá realizar la Revisión Técnica Obligatoria (RTO).

La medida se formalizó a través del Decreto 689/2026, que modifica el artículo 34 del Decreto 779/1995, reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial 24.449. Así, el Ejecutivo completó la implementación normativa de la reforma que ya había sido anunciada con la Resolución 32/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada el 24 de julio en el Boletín Oficial.

¿Qué cambia para los conductores?

La principal novedad es que se elimina la obligación de realizar la inspección en plantas específicas. Ahora, tanto los vehículos particulares como las unidades de transporte podrán ser revisados en establecimientos privados que cumplan con los requisitos técnicos establecidos. Para eso, se creó el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos, que habilitará la incorporación de estos nuevos actores.

Además, se actualizaron las exigencias técnicas que deberán cumplir los vehículos durante las inspecciones. Se incorporaron criterios vinculados con las condiciones mecánicas y los límites de emisiones, en línea con los estándares internacionales vigentes.

¿Cada cuánto habrá que hacer la RTO?

La periodicidad de las revisiones también fue definida en la nueva normativa. Los vehículos particulares con hasta diez años de antigüedad deberán realizar la RTO cada dos años. En cambio, aquellos con más de una década de uso tendrán que hacerlo anualmente. En el caso de los vehículos destinados al transporte de pasajeros y de cargas, la inspección continuará siendo semestral.

La Subsecretaría de Transporte Automotor, dependiente de la Secretaría de Transporte, será la encargada de supervisar el Registro Nacional de Talleres y controlar la calidad de las verificaciones. Los establecimientos habilitados deberán remitir en tiempo real los resultados de cada inspección a la base de datos oficial, un requisito indispensable para conservar la autorización para operar.

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