Abusó de pacientes adolescentes en su consultorio: la Justicia ratificó su condena y no podrá volver a ejercer la medicina

La defensa buscó anular el juicio por diferencias en las fechas, pero el máximo tribunal misionero encontró una razón para rechazar el planteo.

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Abusó de pacientes adolescentes en su consultorio: la Justicia ratificó su condena y no podrá volver a ejercer la medicina
Abusó de pacientes adolescentes en su consultorio: la Justicia ratificó su condena y no podrá volver a ejercer la medicina

El Superior Tribunal de Justicia de Misiones confirmó la condena a cuatro años de prisión efectiva contra el gastroenterólogo infantil Fernando Alfredo Vinuesa, hallado responsable de cuatro hechos de abuso sexual simple. La resolución también dejó firme la inhabilitación perpetua para ejercer la medicina.

El máximo tribunal provincial, mediante la Resolución N° 408-STJ, declaró admisible el recurso de casación presentado por el defensor particular Julio César Lenzken, pero rechazó sus planteos y avaló la sentencia dictada en Posadas.

El fallo original había sido emitido por el Juzgado Correccional y de Menores N° 2, a cargo del magistrado César Raúl Jiménez, tras el debate oral realizado a fines de 2024. Vinuesa fue considerado penalmente responsable de los hechos cometidos contra pacientes adolescentes.

Los planteos de la defensa

La revisión ante el STJ se centró en un pedido de nulidad contra el requerimiento de elevación a juicio. La defensa cuestionó diferencias en las fechas consignadas durante distintas etapas del expediente y sostuvo que esas imprecisiones afectaban el derecho de defensa.

Sin embargo, el ministro Roberto Rubén Uset, en su voto inicial, consideró que no existían irregularidades que justificaran anular el proceso. Remarcó que durante el juicio la defensa tuvo la posibilidad de ofrecer pruebas, formular planteos y ejercer plenamente sus derechos.

El Tribunal entendió que las diferencias temporales señaladas no alcanzaban para invalidar la acusación. Según el análisis de los ministros, los hechos estaban suficientemente delimitados y el acusado conocía concretamente las conductas que se le atribuían, sin que se configurara una situación de indefensión.

La valoración de la prueba

Otro de los cuestionamientos estuvo vinculado con la valoración de la prueba realizada por el juez de primera instancia. Sobre este punto, el STJ consideró que la sentencia analizó en conjunto los elementos de cargo y descargo, y que el razonamiento utilizado se ajustó a las reglas de la sana crítica racional.

En la resolución también se abordaron las particularidades que presentan las investigaciones y los juzgamientos de hechos vinculados con violencia sexual. Dentro de ese análisis se tuvieron en cuenta aspectos como la relación de confianza generada en el ámbito profesional y las circunstancias en las que habrían ocurrido los episodios.

El voto de Uset fue acompañado por Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, Cristina Irene Leiva, Cristian Marcelo Benítez, María Laura Niveyro, Juan Manuel Díaz y Valeria Fiore Cáceres, quienes coincidieron en rechazar los agravios presentados por la defensa.

De esta manera, el STJ confirmó la condena de cuatro años de prisión efectiva y la inhabilitación perpetua para ejercer la medicina impuesta a Fernando Alfredo Vinuesa como autor de cuatro hechos de abuso sexual simple en concurso real. La resolución ratificó la sentencia en los puntos cuestionados, sin perjuicio de las eventuales vías recursivas que pudieran corresponder.

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