Abusó de la hija de su pareja y cayó: la condena que lo mandó 10 años a prisión

Un padrastro abusó de la hija de su pareja y recibió una dura condena. ¿Qué pruebas fueron clave para el fallo?

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Abusó de la hija de su pareja y cayó: la condena que lo mandó 10 años a prisión
Abusó de la hija de su pareja y cayó: la condena que lo mandó 10 años a prisión

Un hombre de 36 años fue sentenciado a diez años de cárcel por abusar sexualmente de la hija de su pareja en al menos tres ocasiones. El hecho ocurrió mientras convivían en el mismo domicilio en Santa Rosa, La Pampa.

La condena fue dictada por el juez de audiencia Daniel Sáez Zamora tras el juicio oral. La fiscalía, encabezada por Walter Antonio Martos, había solicitado once años de prisión, y la parte querellante, que representaba al padre biológico de la menor, adhirió a ese pedido. El defensor oficial Marco Mezzasalma, en cambio, pidió la absolución al considerar que no había pruebas suficientes.

¿Qué pruebas convencieron al juez?

El magistrado consideró acreditado que los abusos ocurrieron cuando la víctima tenía nueve años, en momentos en que quedaba al cuidado del imputado. La figura legal aplicada fue abuso sexual con acceso carnal por vía oral y anal, agravado por la relación de guarda y convivencia con una menor de 13 años, tipificado como delito continuado.

Durante el debate, el acusado negó los hechos y aseguró que la denuncia fue una represalia de su expareja. Sin embargo, Sáez Zamora dio por válido el testimonio de la niña en Cámara Gesell, señalando que existen pruebas suficientes para sostener la acusación fiscal.

El juez también reconoció posibles confusiones sobre el lugar exacto de los hechos, pero aclaró que eso no invalida la existencia de los abusos.

¿Qué tuvo en cuenta para fijar la pena?

Al momento de sentenciar, el juez valoró a favor del condenado su buen concepto laboral, su relativa juventud y la falta de antecedentes penales. Como agravantes, consideró la extensión del daño causado a la niña, que seguramente la afectará toda su vida, y la desilusión de haber sido agredida por alguien que debía protegerla.

El fallo se enmarca en las leyes de protección integral a mujeres y a niños, niñas y adolescentes.

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