884 inasistencias injustificadas en poco más de dos años y una resolución que cerró el sumario: la DGE echó a un empleado de planta permanente. El expediente revela qué pasó con el descargo y con el mínimo legal que el agente superó sin escalas.
La Dirección General de Escuelas (DGE) tomó una decisión que no admite vueltas: cesanteó a un empleado de planta permanente que acumuló 884 inasistencias injustificadas entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de diciembre de 2023. La medida quedó sellada en la Resolución 6704, fechada el 2 de octubre de 2026, que ordenó cerrar el sumario administrativo contra el agente de la repartición educativa.
El expediente no dejó margen. La investigación concluyó que el trabajador incumplió su obligación de prestar servicios, y tanto la Junta de Disciplina para el personal no docente como la Dirección General de Asuntos Jurídicos recomendaron la sanción de cesantía. La autoridad educativa terminó aplicándola.
Cómo se armó el expediente
El procedimiento arrancó formalmente con una resolución de 2024, después de que se detectara la cantidad de ausencias atribuidas al empleado. Las actuaciones pasaron a la Oficina General de Sumarios para seguir con la investigación.
En el camino, el agente fue notificado para una audiencia indagatoria, donde se abstuvo de declarar. Más tarde se presentó con un abogado y formuló su descargo. El expediente también sumó informes y declaraciones testimoniales antes de que la instructora sumariante decidiera cerrar la etapa de investigación, al considerar que la prueba reunida alcanzaba para esclarecer los hechos.
El mínimo legal, superado por lejos
La normativa citada en la resolución contempla la cesantía ante el incumplimiento de las obligaciones laborales, entre ellas la prestación personal del servicio. El expediente señaló que el agente superó ampliamente el mínimo legal de seis inasistencias injustificadas —continuas o discontinuas— dentro de un período de seis meses.
Por eso, la DGE dispuso que la cesantía se haga efectiva a partir de la fecha en que el empleado sea notificado de la resolución.
La resolución también deja abierta la puerta judicial: el trabajador podrá interponer una acción procesal administrativa ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza dentro de los 30 días corridos desde la notificación.